FACUA pide al Gobierno que prohíba subir los precios de los billetes ante desastres como el de Adamuz

Publicado: 26 de enero de 2026
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FACUA pide al Gobierno que prohíba subir los precios de los billetes ante desastres como el de Adamuz.

FACUA-Consumidores en Acción ha pedido al Ministerio de Consumo que impulse la mejora en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios para que queden prohibidas las subidas de precios aprovechando tragedias como la ocurrida el pasado domingo en la localidad cordobesa de Adamuz, que ha provocado la paralización del tráfico ferroviario de alta velocidad entre Madrid y Andalucía. Desde la última modificación introducida en dicha ley, que se llevó a cabo tras la Dana en 2024, son ilegales las subidas de precios que se fijen de forma automatizada en contrataciones online siempre que la situación haya sido declarada emergencia de protección civil.

En los últimos días, son muchos los consumidores que están denunciando importantes incrementos en los precios de servicios de transporte ante el aumento de la demanda desde el pasado domingo. Estas subidas, tal y como comunicó FACUA-Consumidores en Acción, no corresponden a la situación producida como consecuencia del accidente ferroviario. Por ello, desde la organización se considera necesario mejorar y completar el Real Decreto 1/2007, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Desde FACUA se pide que en cualquier contrato, se formalice de forma presencial u online, no pueda aplicarse un incremento del precio cuando se produzca un aumento de la demanda en contextos de accidentes, urgencia, riesgo o necesidad que provoquen un estado de vulnerabilidad en el consumidor. Esto requiere cambiar el artículo 20 de la norma, en el que se limitan estas prohibiciones a contrataciones online y situaciones decretadas como emergencia de protección civil.

Se trabaja en una modificación por parte del Gobierno

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 trabaja en una modificación de la actual normativa para aumentar la protección de los consumidores ante incrementos de precios abusivos en situaciones de vulnerabilidad para los usuarios, tal y como solicita FACUA. Con esta nueva regulación se limitarían los incrementos denunciados por los clientes en el coste de los billetes de transporte alternativo tras el accidente ferroviario.

Tal y como se informó el Ministerio, el Gobierno busca introducir medidas para monitorizar las fuertes subidas en los precios dinámicos con los que algunas compañías de transporte fijan sus tarifas en momentos de demanda disparada, como ocurrió con esta tragedia. Consumo también apunta a que esta iniciativa ya estaba contemplada en la última versión del Anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible, presentado el pasado mes de diciembre y que el Ministerio pretende aprobar en segunda vuelta en el Consejo de Ministros.

Con la normativa solicitada por FACUA, se quiere sacar adelante las empresas estarán obligadas a informar por adelantado sobre la evolución prevista de sus tarifas. La compañías deberán comunicar previamente el precio del producto o servicio mientras está disponible y se les prohibirá cobrar más que la cantidad anunciada para esa fecha. Además, desde Consumo se espera evitar que circunstancias imprevistas o catástrofes sirvan como justificación para aplicar incrementos abusivos en los precios.

En el comunicado emitido por el Ministerio se recuerda los derechos específicos con los que cuentan los viajeros ante esta situación. Según Consumo, las personas que tenían viajes contratados con trenes interrumpidos puede exigir a la compañía operadora un transporte alternativo que les permita continuar el trayecto cuanto antes o bien en una fecha que les resulte conveniente, sin que esto implique un coste adicional. Cuando la empresa no ofrece esa alternativa y el pasajero debe buscar otra opción por cuenta propia, existe el derecho al reembolso de los gastos razonables originados por el cambio. Si el viajero decide cancelar su desplazamiento, la normativa exige a la operadora reintegrar el importante total del billete en un plazo máximo de 30 días.

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